• 2023-03-06 11:43:04
    Info General

    ¿Para quién?
    Para las personas físicas: asalariados, autónomos, y beneficiarios de la prestación o subsidio por desempleo en 2022.


    Requisitos:
    1. Tener residencia habitual en España en 2022 (permanecer más de 183 días o que radique el núcleo principal de las actividades).
    2. Que en 2022 no se superen 27.000 euros íntegros de rentas (es decir, el importe bruto sin descontar gastos ni retenciones) y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022 (descontando la vivienda habitual).
    Para el cálculo se sumarán las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros; y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.
    3. Que a 31 de diciembre de 2022 no se perciba el Ingreso Mínimo Vital / Ayuda a la infancia o una pensión de la Seguridad Social (régimen general o especial).
    4. Que en 2022 ninguno de los convivientes mencionados fuesen administradores de una sociedad activa, titulares de acciones o participaciones no cotizadas.


    ¿Dónde y cómo se solicita?
    En la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
    Plazo de solicitud: hasta el 31 de marzo de 2023

    MÁS INFORMACIÓN EN: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GC61.shtml


    Adjuntos: