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La Junta de Andalucía publica nuevas ayudas de rehabilitación de edificios y viviendas.2021-01-15 10:07:23Info General
El Ayuntamiento de Yunquera informa que la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del territorio publican dos tipos de ayudas para la rehabilitación de edificios y viviendas.
Estas líneas de ayudas son las siguientes:
Adecuación funcional básica de viviendas.
Características Generales
Mediante este programa de ayudas se podrá contribuir a financiar obras y en su caso asistencias técnicas, para mejorar la seguridad y la adecuación funcional de las viviendas habituales a las necesidades especiales de las personas mayores, o de las personas con discapacidad y movilidad reducida o grandes dependientes.
A quién va dirigido
- Las personas mayores de sesenta y cinco años
- Las personas que tengan reconocido, al menos el 40% de grado de discapacidad y movilidad reducida
- Las personas que tengan reconocido un grado de Gran Dependencia (Grado III)
Si deseas conocer más información sobre los requisitos, cuantía, plazo de ejecución haz clic en los siguientes enlaces:
Rehabilitación básica de Viviendas.
Características Generales
Las subvenciones para la rehabilitación de edificios tienen por objeto el fomento de la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva, contribuyendo a financiar la ejecución de obras para la conservación, mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad, así como de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad.
Requisitos de los edificios
Para solicitar estas ayudas, los edificios deberán cumplir los siguientes requisitos:
- El 50% de las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente.
- No pueden estar calificados urbanísticamente como fuera de ordenación.
- El 70% de la superficie construida sobre rasante debe tener uso residencial.
- Tienen que estar finalizados antes de 1996, salvo excepciones.
- Tienen que presentar unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con ésta.
- Contar con el acuerdo de la comunidad de propietarios.
- Disponer de informe técnico que acredite los requisitos y la necesidad de acometer las obras, con fecha anterior a la solicitud de la subvención.
- Modelo de informe técnico (se ofrece este modelo con el contenido mínimo que debe comprender).
Si deseas conocer más información sobre los requisitos, cuantía, plazo de ejecución haz clic en el siguiente enlace:
Adjuntos: